Lassana Diarra 2

Explicación de la sentencia Lassana Diarra: ¿qué significa para los futbolistas?

Noticias

Comparte esta cita

Cerrar
Lassana Diarra 2

En octubre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló a favor del ex centrocampista del Arsenal, Chelsea y Real Madrid Lassana Diarra al considerar que partes centrales de las normas de traspaso de la FIFA infringen el Derecho de la Unión Europea. Se trata de una sentencia histórica que mejorará la libertad de movimiento de los futbolistas profesionales.

¿Qué significa esto para los futbolistas y los clubes?

FIFPRO Europa, que apoyó la demanda legal de Diarra junto con FIFPRO y el sindicato francés de jugadores UNFP, desglosa lo que significa la sentencia, por qué el sistema anterior restringía a los jugadores y por qué un nuevo sistema de traspasos debe ser el resultado de una negociación colectiva.

¿Por qué llevó Lassana Diarra a la FIFA a los tribunales?

Diarra se vio envuelto en una disputa con el Lokomotiv de Moscú en 2014 y abandonó el club ruso, lo que dio lugar a un litigio en la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de la FIFA. Algunas secciones del reglamento de la FIFA le impidieron aceptar una nueva oferta de contrato en Bélgica.

A los 29 años, en la cima de su carrera, el francés pasó un año sin club. Posteriormente Diarra pasó por el Marsella y el París Saint-Germain antes de poner fin a sus 15 años de carrera en 2019.

Según Diarra, el reglamento interrumpió injustamente e impactó negativamente en su carrera. El TJUE falló a favor de Diarra en el sentido de que los jueces confirmaron que las normas de la FIFA son contrarias a las leyes de la UE, obligando a la FIFA a adaptar su reglamento.

Diarra Lokomotiv
Lassana Diarra, en el Lokomotiv de Moscú

¿Cuáles eran los principios fundamentales de las "antiguas" reglas de la FIFA?

Las "antiguas" normas de la FIFA relativas a la estabilidad contractual se basaban en tres puntos fundamentales:

  1. Un jugador o un club que rescindiera un contrato de trabajo sin la llamada "causa justa" tenía que pagar una indemnización por incumplimiento de contrato a la otra parte.

  2. Si un club o un jugador rescindían el contrato sin una "causa justa" durante los tres primeros años del contrato, se imponía una sanción deportiva, como la prohibición de traspasar a un club o de jugar a un futbolista.

  3. Si era el futbolista quien rescindía el contrato sin una "causa justa", el primer nuevo club del jugador era automáticamente responsable solidario (responsable colectivo) del pago de la indemnización por parte del jugador al antiguo club. Además, la federación del ex club podía oponerse a la expedición del Certificado de Transferencia Internacional (CTI), lo que afectaba a la libertad de circulación del jugador.

¿Qué consecuencias tenía la antigua normativa?

Durante más de dos décadas fue relativamente fácil para los clubes rescindir unilateralmente los contratos sin una razón válida, mientras que los jugadores que rescindían unilateralmente su contrato no podían calcular de antemano la indemnización que había que pagar, tenían dificultades para encontrar un nuevo club y recibían una prohibición para jugar al fútbol.

En cuanto a la indemnización del jugador, las normas de la FIFA exigen que el club pague una indemnización predeterminada y fija. Ésta sería igual al valor restante del contrato, al que se restaría cualquier salario que el jugador ganara en un nuevo club tras la rescisión del contrato. En otras palabras: un club conocía su perjuicio máximo cuando rescindía un contrato con un jugador e incluso se beneficiaba del nuevo empleo del jugador.

Con las antiguas normas, los jugadores raramente rescindían su contrato dado que - contrariamente al régimen aplicable a los clubes - la indemnización a pagar al club era desconocida, no fija y, por tanto, totalmente imprevisible. Como un jugador no sabía con certeza cuáles serían las consecuencias financieras de rescindir su contrato, se sentía mucho menos inclinado a hacerlo.

Además, el primer nuevo club del jugador sería automáticamente responsable solidario de la indemnización. Esta norma reducía considerablemente las posibilidades de empleo de cualquier jugador que rescindiera su contrato, ya que los clubes probablemente dudarían en fichar a un jugador sabiendo que serían responsables del pago de una indemnización de cuantía indeterminada.

Los resultados de un sistema tan desequilibrado son claros: los clubes de la industria del fútbol rescinden contratos con regularidad, mientras que los jugadores casi nunca lo hacen. Los datos de FIFPRO Europa subrayan además que alrededor del 95 por ciento de los casos laborales pendientes en la FIFA son consecuencia del incumplimiento por parte de un club.

Players Generic Pitch Grass

¿Qué ha cambiado la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo?

La decisión del TJCE, el más alto tribunal de la Unión Europea, ha cambiado ahora parcialmente las reglas. Aunque el TJUE sólo se ha referido a la cuestión específica que se le había planteado y, por tanto, no ha mencionado nada en relación con el régimen aplicable a los clubes cuando rescinden un contrato, sí ha denunciado las normas aplicables a la rescisión por parte de un futbolista.

En lo que respecta al cálculo de la indemnización, y en línea con lo que FIFPRO y FIFPRO Europa han expresado históricamente, muchos de los componentes que el Reglamento FIFA identificaba como relevantes han sido declarados ilegales, dado que no están directamente relacionados con la relación laboral y fueron negociados por otras personas (es decir, club-club) y no por el jugador. Como ejemplo más importante, la comisión de traspaso pagada entre clubes -la comisión acordada entre dos empleadores para obtener los servicios del empleado- ya no puede utilizarse en el cálculo de la indemnización.

De hecho, los dos únicos componentes del art. 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RSTP) de la FIFA que no se han considerado incompatibles con el Derecho de la UE son los siguientes:

  • El valor restante del contrato.
  • Legislación (laboral) nacional.

Esto, a su vez, conduce al consejo general a los futbolistas de que, en caso de que un jugador rescinda ahora el contrato sin la llamada "causa justa", la indemnización que debe pagarse al club debe limitarse presumiblemente al valor residual del contrato, con una posible reducción o aumento adicional sobre la base de la legislación nacional. Esto es muy diferente de las antiguas normas del art. 17 del RSTP de la FIFA.

Además, se cuestionó la ITC y el reglamento modificado de la FIFA ya ha simplificado el procedimiento: el ex club ya no puede oponerse a la inscripción del jugador en el nuevo club.

En cuanto a las sanciones deportivas, el TJUE también cuestionó la presunción de que el nuevo club haya inducido al incumplimiento durante el periodo protegido, y el reglamento modificado de la FIFA ya ha eliminado la presunción, por lo que dicha inducción deberá probarse. Teniendo todo esto en cuenta, cabe afirmar que, en general, será más fácil para los futbolistas encontrar un nuevo club si rescinden su contrato.

Players Huddle Generic

¿Por qué la decisión del Tribunal de Justicia Europeo es buena para los FUTBOLISTAS?

El TJUE ha vuelto a confirmar que los futbolistas profesionales son trabajadores y que, por tanto, se les aplica la legislación laboral y de la UE. Como tal, ahora debería haber más claridad y protección para los jugadores que se planteen rescindir sus contratos.

Se ha criticado la arbitrariedad del cálculo de la indemnización por ruptura de contrato en el sentido de que las comisiones de traspaso negociadas entre los clubes, así como conceptos vagos como la "pérdida de una comisión de traspaso", la "especificidad del deporte" o el "supuesto valor de mercado" de un jugador, ya no deberían ser relevantes para el cálculo de la indemnización. Esto condujo a una aplicación discrecional e imprevisible de las normas.

El TJUE ha declarado que las consecuencias para los jugadores que rescinden un contrato deben ser razonables y previsibles, lo que, como se ha indicado en el punto anterior, incluye la noción de que no se puede hacer responsable a ningún jugador de ninguna cantidad negociada entre clubes.

El nuevo club del futbolista ya no es automáticamente responsable solidario del pago de la indemnización, lo que debería facilitar en gran medida que el jugador encuentre un nuevo empleo tras la rescisión del contrato.

¿Es como el caso Bosman?

Existen algunas similitudes. La demanda de Jean-Marc Bosman contra el reglamento de traspasos de la FIFA también giraba en torno a la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea.

La carrera de Bosman se vio afectada porque el Lieja, club con el que había expirado su contrato, aún podía exigir una prima de traspaso por él, lo que impedía su fichaje por otro club.

En 1995, el TJUE falló a favor de Bosman, una decisión que llevó a la FIFA a permitir que todos los jugadores con contrato en vigor pudieran cambiar de club libremente. FIFPRO apoyó a Bosman en su demanda.

Generic Training Boot Ball

¿Qué debería ocurrir ahora, según FIFPRO Europa y los sindicatos de jugadores?

FIFPRO Europa ha informado sistemáticamente a la FIFA y a las demás partes interesadas de que su objetivo no es en modo alguno tener un sistema en el que cada club o cada jugador pueda rescindir unilateralmente los contratos de trabajo existentes en un momento dado.

Dicho esto, y aunque FIFPRO Europa está dispuesta a negociar un nuevo "sistema de traspasos" y respalda los principios universales en torno a la estabilidad contractual, un nuevo sistema que introduzca medidas restrictivas sobre la circulación de los jugadores debe ser el resultado de auténticas negociaciones en el marco de la negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores y los empresarios.

¿Resuelven las normas provisionales de la FIFA los problemas actuales?

FIFPRO Europa considera que el marco reglamentario provisional establecido por la FIFA en diciembre de 2024 no se ajusta a la sentencia del TJUE. Ni el proceso que condujo a la adopción de este marco, ni la nueva redacción del art. 17.1 del RSTP de la FIFA respetan los claros principios establecidos por el más alto tribunal de la Unión Europea.

A este respecto, es importante tener en cuenta que el TJUE también puso en duda la legitimidad de la FIFA para imponer normas, ya que ningún gobierno le ha encomendado la tarea de crear un "derecho laboral" y la FIFA no tiene como objetivo proteger a los trabajadores. De hecho, en cualquier democracia normal, el pueblo vota a sus líderes políticos y éstos, a su vez, crean las leyes que se aplican al pueblo.

En el fútbol, la FIFA se ha autoproclamado reguladora del fútbol y cree que puede establecer normas y reglamentos que son "ley" y que los jugadores deben acatar. Sin embargo, estas normas y reglamentos no se elaboran democráticamente, dado que en el sistema piramidal del fútbol mundial, los futbolistas no tienen ninguna influencia en i) la toma de decisiones y ii) en la elección de los responsables. En este sentido, no es extraño que el TJUE cuestione la legitimidad de la FIFA incluso para elaborar las normas que afectan a los jugadores como trabajadores.

¿Qué deben hacer los futbolistas si quieren rescindir su contrato antes de la fecha de expiración?

Los jugadores pueden dirigirse a su sindicato nacional o a FIFPRO Europa para obtener asesoramiento jurídico de confianza en este ámbito.

El presidente de FIFPRO Europa, David Terrier, aseguró: "Aunque declaramos la victoria al leer la sentencia dictada el 4 de octubre por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas a raíz de la demanda presentada por Lassana Diarra, a la que se unieron FIFPRO, FIFPRO Europa y la UNFP, sabíamos que la lucha contra el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, que comenzó 23 años antes, desde el momento en que se implantó por primera vez, no había terminado".

"Después de que muchos futbolistas preocupados, en Francia y en otros países, se pusieran en contacto con sus sindicatos, deseosos de conocer el impacto directo de la sentencia del 4 de octubre sobre el RSTP y, por tanto, sobre sus carreras, y también con las dos ventanas de traspasos de verano a punto de abrirse -el Mundial de Clubes obliga- y puesto que siempre hemos considerado que el periodo actual es ideal para permitir a los jugadores rescindir sus contratos sin incurrir en la ira de las sanciones de las que los clubes se han librado y siguen librándose al no haberse cambiado nada en este ámbito, era necesario, útil, e incluso diría que nuestro deber, dar respuestas a las preguntas legítimas que se hacen los jugadores".

"Sin embargo, ya saben que todavía tendrán que esperar a que se aplique la nueva reglamentación que reclaman y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha pedido con insistencia, lo cual, debido a la ausencia de un verdadero diálogo y de una voluntad real de la FIFA de abrirse a un convenio colectivo conjunto que finalmente se le impondrá, sigue siendo imposible a día de hoy".