
Lassana Diarra cambió las normas sobre rescisión de contratos. La histórica sentencia del Tribunal de Justicia Europeo ofrece a los jugadores más claridad y protección si están pensando en rescindir sus contratos.
Esto se produjo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europeas (TJCE) dictaminara que varias normas de la FIFA restringían injustamente los derechos de los jugadores frente a los clubes y dificultaban la libre circulación de los futbolistas y la continuación de sus carreras.
Alexandra Gómez Bruinewoud, directora jurídica de FIFPRO, explica qué significa la sentencia para los futbolistas, qué consecuencias tendrá para el próximo periodo de traspasos y por qué los futbolistas tienen que estar presentes en la mesa de discusión para decidir lo que sucederá a continuación.
¿Por qué la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre el caso Diarra es buena para los y las futbolistas?
Es buena porque pone en evidencia lo desequilibrado que estaba el sistema y restablece un sistema razonable para calcular las indemnizaciones. Es una buena sentencia por sus conclusiones, pero también por la extensión y profundidad con la que los jueces explican por qué y cómo el sistema era contrario a la legislación de la UE. Me atrevo a decir que las mismas normas de la FIFA probablemente también sean contrarias a la mayoría de las legislaciones laborales nacionales, ya que básicamente impedían a un trabajador trabajar donde quisiera, o incluso trabajar.

¿Por qué el método anterior vulneraba los derechos de los jugadores y qué significa ahora el sistema actual?
Todo trabajador/a debe tener derecho a poner fin a una relación contractual. Saber cuánto tendrá que pagar como indemnización forma parte de ese derecho, porque se trata de tomar una decisión informada basada en la certeza y la previsibilidad. Además, el hecho de que dejes tu trabajo no debería impedir que te contraten en otro, que es lo que ocurría en el fútbol.
El/La futbolista puede tener diferentes motivos para rescindir un contrato "sin justa causa". Este término, "justa causa" es engañoso, ya que la causa puede ser "justa", sólo que no se considera legalmente suficiente en la normativa o jurisprudencia. Por poner un ejemplo, una vez hablé con un jugador cuya madre tenía cáncer y lamentablemente no había nada más que los médicos pudieran hacer para ayudarla, así que informaron al jugador de que a su madre le quedaban más o menos tres meses de vida. El jugador jugaba en el extranjero y decidió informar al club de que se marchaba para cuidar de su madre el tiempo que le quedaba. El jugador tenía contrato, y esto no era una causa justa para rescindir el contrato, por lo que el jugador tuvo que pagar una indemnización al club.
Desgraciadamente, esta situación seguirá siendo la misma después de la sentencia Diarra, pero al menos, después de Diarra, la indemnización que tendría que pagar el jugador sería mucho menor, ya que no se incluiría en el cálculo ninguna comisión de traspaso, por ejemplo. Además, si en ese caso se hubiera aplicado la legislación nacional, el jugador, en este país concreto, no habría tenido que pagar una indemnización.

¿Qué consecuencias tiene la sentencia para el próximo periodo de traspasos?
Las consecuencias exactas e inmediatas son inciertas. Lo que está claro es que hay un cambio, y los/as futbolistas deben ser conscientes de ello. Por eso animamos a los y las futbolistas a que se pongan en contacto con su sindicato, u asociación de futbolistas o con FIFPRO, ya que podremos responder a todas las preguntas teniendo en cuenta las circunstancias específicas de ese o esa futbolista en concreto, el país en el que juega, etcétera. Esto ayudará a los y las futbolistas a tomar una decisión informada y equilibrada.
No parece lógico que el mercado siga pagando mucho dinero por un traspaso, si el o la futbolista podrá rescindir un contrato y pagar una indemnización más razonable. Pero estas cosas llevan su tiempo, al igual que ocurrió con la sentencia Jean-Marc Bosman, por lo que podría ser que esta ventana de traspasos aún se vea tan afectada.
Lo que podría ser una consecuencia positiva para el mercado, especialmente para los clubes, es que más jugadores podrían estar dispuestos a prolongar sus contratos si tienen más conocimiento de las indemnizaciones.
¿Qué desea FIFPRO que ocurra ahora?
Queremos que se ponga fin al doble estándar que se aplica actualmente: cuando un club rescinde un contrato sin causa justificada, conoce de antemano las consecuencias económicas, pero los jugadores no reciben el mismo trato. Queremos que la FIFA reconozca la profundidad, claridad e impacto de la decisión del Tribunal de Justicia Europeo y actúe en consecuencia.
¿Qué implicaría actuar en consecuencia? Que un nuevo sistema de traspasos debe ser el resultado de auténticas negociaciones en el marco de la negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores y los empleadores.

¿Por qué es importante que haya una negociación adecuada con las partes interesadas para dar forma a la normativa en el futuro?
Es simplemente lo correcto. ¿Por qué no iban a participar los jugadores en la reglamentación que se les aplica? No corresponde a la FIFA determinar unilateralmente las condiciones laborales aplicables a los jugadores. El TJUE lo ha dejado muy claro en el apartado 99 de la sentencia.
Apartado 99 de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
A este respecto, en primer lugar, por lo que se refiere a la protección de los trabajadores, cabe observar, en primer lugar, que la protección de los trabajadores nofigura entre los objetivos de la FIFA, tal cualfiguran en sus Estatutos y, por otra parte, dicha asociación de Derecho privado tampoco tenía encomendada por los poderes públicos ninguna misión particular en ese ámbito. Siendo así, no procede pronunciarse sobre si, habida cuenta de estas circunstancias, tal asociación está o no legitimada para invocar la persecución de tal objetivo, ya que, en el caso de autos, basta con señalar, en cualquier caso, que no se aprecia cómo la adopción o la aplicación de la normativa RETJ controvertida en el litigio principal, tal como se ha calificado en el apartado 74 de la presente sentencia, podría contribuir a la protección de los futbolistas profesionales.
Además, creemos que la sentencia del TJUE en el caso Diarra no debe leerse de forma aislada. Hay una tendencia y un mensaje claros procedentes del TJUE que tuvo que analizar y fallar sobre otros casos relacionados con el deporte. Los órganos rectores del deporte deben gobernar con más transparencia, objetividad y sin discriminación. De ahí que el camino a seguir sea la negociación colectiva.
¿Qué deben hacer los y Las futbolistas si tienen dudas sobre su situación actual?
Deben ponerse en contacto con su sindicato local o con FIFPRO. Estaremos encantados de estudiar la situación específica de ese/a jugador/a y ayudarle.