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FIFPRO secunda llamada a la reforma de sistema turco de arbitraje

Juicio justo y garantías procesales Comunicaciones

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FIFPRO recibe con satisfacción la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso de Omer Kerim Ali Riza y otros contra Turquía.

El TEDH ha ordenado al Gobierno turco que adopte medidas para garantizar la independencia estructural del comité de arbitraje en el fútbol, mediante la reforma de su sistema de resolución de disputas en dicho ámbito.

El TEDH ha expresado esta demanda en el caso de Riza, antiguo futbolista profesional de, entre otros equipos, el Arsenal y el Trabzonspor. Tras diversas apelaciones presentadas por este futbolista inglés con ascendencia turca, y que estuvo representado por el miembro del Comité Ejecutivo de FIFPRO y presidente del sindicato suizo de futbolistas, Lucien Valloni, el TEDH mantuvo que el comité de arbitraje de la Federación turca de fútbol (TFF) carecía de independencia e imparcialidad y que, en consecuencia, quebrantaba el derecho de Riza a un juicio justo.

En Turquía, los clubes de fútbol profesional poseen mayoría de votos en la asamblea general de la TFF, que nombra a su comité ejecutivo, el cual a su vez nombra a los miembros del comité de arbitraje de la TFF.

El TEDH manifestó sin ninguna ambigüedad que, a la vista de que los jugadores no gozaban del mismo nivel de representación que los clubes en la asamblea general y en el comité ejecutivo, Riza tenía motivos justificados para poner en duda la independencia y la imparcialidad de los miembros del comité ejecutivo.

FIFPRO recibe con satisfacción la conclusión del TEDH e insta a la Federación turca de fútbol a que finalmente establezca una seria colaboración con el sindicato turco de futbolistas para establecer un sistema de resolución de disputas en el ámbito futbolístico que cumpla con los principios centrales relativos a la independencia y la imparcialidad.

Asimismo, FIFPRO lamenta que el comportamiento abusivo del club (Trabzonspor) puesto en tela de juicio en 2008 (impago, exclusión de un jugador de las sesiones de entrenamiento, relegarlo al equipo juvenil) que dieron lugar a la desavenencia contractual entre el jugador y el club, continúe siendo práctica común en el fútbol turco 12 años después.